INFORMACIÓN
IMPORTANTE PARA SOLICITAR PLAN DE
APERTURA ( AULA MATINAL, COMEDOR , ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y TRANSPORTE
ESCOLAR) PARA EL CURSO 2016-2017
Del 1 al 8 de
junio es el periodo de matriculación
para el siguiente curso. Durante estos días
estarán disponibles en la secretaría del centro, el anexo para solicitar cualquier servicio del Plan de Apertura (aula
matinal, comedor, extraescolares y transporte escolar).
El alumnado que está actualmente matriculado en el
centro, llevará en la mochila solamente el documento de matriculación. Si desea
solicitar algún servicio del Plan de
Apertura, deberá recoger el impreso y
entregarlo en la secretaría del centro. La matrícula volverá rellena en la
mochila. La documentación de Plan de
Apertura sólo se recogerá en secretaría.
El alumnado de nueva incorporación al centro tendrá
que recoger el documento de matriculación y de Plan de Apertura (si fuesen a
solicitar algún servicio) en secretaría.
1. DOCUMENTACIÓN
A APORTAR PARA SOLICITAR AULA MATINAL Y
COMEDOR (NO NECESARIA PARA ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES)
Para acreditar la actividad
laboral de los representantes
legales del alumnado será
necesario presentar, por cada uno de ellos, una certificación expedida al efecto por la persona titular de la empresa o
por la responsable de personal de la misma. Dicha certificación emitida en el plazo de presentación de la solicitud, deberá contener también la fecha desde la que los representantes legales del alumno o alumna iniciaron su relación laboral con la empresa correspondiente y, en su caso, duración de la misma, así como el horario de dicha actividad.
Si los representantes legales del alumnado desarrollan la actividad laboral por cuenta propia deberán presentar una certificación demostrativa del alta en el Impuesto de Actividades Económicas y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma. En el supuesto de que
no
exista obligación legal de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, se acreditará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
a) Copia autenticada de la correspondiente licencia de apertura expedida por
el Ayuntamiento respectivo.
b) Copia sellada de la declaración responsable o comunicación previa correspondiente presentada
ante el Ayuntamiento.
c) Alta en la Seguridad Social y una declaración responsable de la persona interesada sobre la vigencia de la misma.
Para todo aquel que pertenezca al Régimen de la Seguridad Social (General, Autónomo, Agrario, etc) se solicitará Informe de vida laboral expedido por el organismo oficial competente en la materia, en virtud del punto 1 Aplicación de normativa por analogía, además de la documentación que deben aportar según la normativa de aplicación (art.20, Orden de 3 agosto del 2010).
Para aquellos que pertenezcan a
Mutuas como MUFACE, MUGEJU, ISFAS, etc, se solicitará CERTIFICADO DE LA UNIDAD DE PERSONAL
de su destino como funcionario. (No es necesario entrega de
vida laboral).
En caso de hijos o hijas de mujeres atendidas en centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género, será necesaria la certificación de la entidad titular del centro de acogida.
Además en los casos en los que el alumnado que, por motivos familiares, se encuentre en
situación de dificultad social extrema o riesgo de exclusión, se aportará los correspondientes certificados expedidos por los servicios sociales municipales.
En el caso de que el alumno o la alumna esté tutelado por Entidad Pública, se aportará certificado
expedido por la Administración/ Institución pública que corresponda, en virtud de lo establecido en el apartado 1 "Aplicación de normativa por analogía".
2. ACREDITACIÓN
LABORAL MEDIANTE INTERPOSICIÓN DE EXPEDIENTE DE JURIDISCIÓN VOLUNTARIA EN
MATERIA DE FAMILIA
Para justificar la situación laboral de
ambos progenitores de un alumno/a, son requisitos indispensables, tanto el Certificado
trabajo como la Vida laboral
de cada uno de ellos. Ante la imposibilidad o negativa de acreditar los documentos necesario, deben actuar de la siguiente
forma:
·
Si
existe sentencia de separación o divorcio, el representante legal
solicitante, deberá acudir al juzgado que dictó la sentencia, para que sea éste el que requiera
la documentación necesaria.
·
Si
no existe sentencia de separación o divorcio, acudirá al juzgado de familia que
corresponda de la localidad para que sea éste el que requiera la documentación
necesaria.
3. ACTIVACIÓN DE LA
CLAVE PERMANENTE DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Desde
la Delegación de Igualdad y Servicios Sociales, de Mairena del Alcor,c nos ha
llegado esta información de sumo interés:
El próximo miércoles 18
de mayo tendrá lugar en el Centro Cívico Federico García Lorca, en el aula
guadalinfo, en horario de 10 a 14 horas y de 16 a 18 horas, un punto de
registro y activación de la Clave Permanente de la Seguridad Social. Con la
clave permanente de la seguridad social se podrá tener acceso directo a
certificados e informes como "situación laboral", "Informe de
vida laboral" o "certificado de pensión", etc. sin colas y al
instante.
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